LOS TRABAJADORES DOCENTES DEBEN COBRAR SU SUELDO EL CUARTO DÍA HÁBIL DEL MES

EL PAGO DEL SALARIO DE LOS TRABAJADORES DOCENTES PRIVADOS ES EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL REPRESENTANTE LEGAL

06 de Julio 2018

La Seccional Pcia. de Bs. As. del SADOP quiere manifestar públicamente, una vez más, que los trabajadores docentes de la gestion privada deben cobrar su salario, de acuerdo a lo que establece la Ley de Contrato de Trabajo, el cuarto día hábil del mes.

Debemos decir además que la exclusiva responsabilidad del pago del salario de los trabajadores es de los propietarios de los establecimientos educativos.

Por lo antes dicho el SADOP se declara en ESTADO DE ALERTA y MOVILIZACIÓN para que se dé efectivo cumplimiento a la ley y ningún trabajador vea vulnerado su derecho al cobro de su salario.

EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS LABORALES y POR CONDICIONES DIGNAS DE TRABAJO

La Plata, 06 de julio de 2018



Juan Carlos Cuyás

Secretario General

Horacio Rodríguez

Sec de Comunicación y Prensa

2235700758

Seccional Pcia. de Bs. As.

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